Otorgarán permiso con sueldo a servidores públicos que donen sangre

Chihuahua.- La 68 Legislatura de Chihuahua, reunida en su Segundo Periodo Ordinario, aprobó la reforma al Código Administrativo del Estado de Chihuahua, con la cual se concederán permisos con goce de sueldo a las personas trabajadoras que acudan voluntariamente a las instituciones de salud a donar sangre o algunos de sus componentes.
Dicha medida fue aprobada por unanimidad del Pleno al considerar que la donación altruista de sangre es una acción solidaria que salva vidas y forma parte del derecho humano a la salud.
De acuerdo dictamen presentado por el diputada Nancy Frías, por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, garantizar un suministro suficiente de sangre es uno de los grandes retos de los sistemas de salud. Por ello, facilitar que las personas puedan acudir a donar sin afectar su ingreso laboral representa una medida proporcional, viable y de alto impacto social.
Dicho acto de solidaridad tiene sustento en el artículo 4º de la Constitución Federal, que reconoce el derecho a la protección de la salud, así como en criterios internacionales que promueven la donación voluntaria, altruista y no remunerada como base para garantizar sangre segura.
Además, Frías Frías destacó que la medida planteada no crea una carga desmedida para la administración pública, al limitar el permiso con goce de sueldo a un plazo máximo de veinticuatro horas, hasta cuatro ocasiones al año y con intervalos mínimos entre cada donación, garantizando así un equilibrio entre la continuidad del servicio público y la protección del interés general en materia de salud.
En este sentido, se adicionó una fracción al artículo 105 del Código Administrativo del Estado para establecer que las personas trabajadoras podrán solicitar el permiso referido con goce de sueldo por un plazo de 24 horas, el beneficio podrá aplicar hasta cuatro veces al año y deberá existir un intervalo mínimo de tres meses entre cada donación.
Para ello, se deberá presentar la constancia o documento médico correspondiente expedido por la institución competente, dentro de los dos días hábiles siguientes al que hayan realizado la donación.




